Si decides vender tu vivienda con la ayuda de una agencia inmobiliaria, es natural preguntarte si la comisión que pagas por este servicio se puede desgravar en la declaración del IRPF. A continuación, te explicamos cómo hacerlo.
¿Se puede desgravar la comisión inmobiliaria?
Sí, puedes desgravar la comisión inmobiliaria en tu declaración de la renta, siempre que tengas la factura correspondiente.
¿Cómo deducir la comisión inmobiliaria en Hacienda?
Para deducir la comisión que pagaste a la agencia inmobiliaria, primero debes calcular la ganancia patrimonial obtenida por la venta de tu vivienda. Este cálculo se realiza restando del precio de venta todos los gastos asociados, incluyendo:
. Comisión inmobiliaria.
. Plusvalía municipal.
. Gastos notariales.
. Gastos de cancelación de hipoteca, si los hubiera.
La fórmula básica es:
. Valor de adquisición: precio de compra + mejoras y gastos iniciales - amortizaciones.
. Valor de transmisión: precio de venta - gastos y tributos, incluida la comisión inmobiliaria.
. Ganancia patrimonial: valor de transmisión - valor de adquisición.
El resultado se grava con un impuesto que varía entre el 19% y el 23%, dependiendo de la cantidad.
¿Qué pasa si la ganancia patrimonial es negativa?
Si, tras restar todos los gastos, obtienes una ganancia patrimonial negativa, no tendrás que pagar IRPF ni plusvalía municipal. Sin embargo, deberás incluir la venta en tu declaración de la renta en las casillas correspondientes.
Otros gastos deducibles al vender una vivienda
Además de la comisión inmobiliaria, otros gastos deducibles incluyen la plusvalía municipal, los gastos de cancelación de hipoteca, y los honorarios de notario y registro. También puedes deducir reformas y mejoras que incrementen el valor de adquisición.
Declarar la venta y la comisión en la renta
La venta de una vivienda debe declararse en la página 15 de la renta, donde deberás especificar los valores de transmisión y adquisición, así como la comisión inmobiliaria.
En resumen:
. Comisión Inmobiliaria: Es deducible del valor de transmisión en la declaración del IRPF en toda España, incluyendo Cataluña. Esto reduce la ganancia patrimonial y, por tanto, el impuesto a pagar.
. Plusvalía Municipal: Es un impuesto local que también se paga en Cataluña cuando vendes una propiedad. Este impuesto es deducible en el cálculo de la ganancia patrimonial.
. Gastos Deducibles: Los gastos relacionados con la venta, como los honorarios de notaría, registro, y cancelación de hipoteca, también son deducibles, lo que disminuye la base imponible.
En VITAHAUS te acompañamos en cada paso de este proceso. Desde las consultas iniciales hasta el día de la firma en notaría, contamos con asesores financieros que te ayudarán a maximizar tus beneficios fiscales y a asegurarte de que cada aspecto de la venta esté gestionado de manera profesional y eficiente.
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